Eutanasia disfrazada

El pasado mes de Mayo, el “desgobierno de España” aprobó el anteproyecto de la que se dio en llamar “Ley de Cuidados Paliativos y de Muerte Digna”, que introduce una puerta abierta a la eutanasia al contemplar el derecho a la sedación terminal, la posibilidad de retirar cuidados básicos (como por ejemplo la alimentación ó la hidratación) ó el poder del médico para retirar soportes vitales. A propuesta de la Organización Médica Colegial, parece ser que la ley se llamará finalmente “Ley de Cuidados Paliativos y de Calidad en la Atención al final de la Vida”, reiterándose así el uso y abuso de eufemismos tan característicos del sistema liberal.

Esta “ideíta” de la Ministro Pajín, (desde luego, el nombre tiene castaña…), viene a regular de manera estatal lo ya regulado regionalmente por los gobiernos autonómicos andaluz y aragonés. A primera vista, el Anteproyecto de Ley no incluye referencia alguna a la eutanasia ó al “suicidio asistido”, (otro eufemismo para no llamarlo asesinato). No prevé explícitamente la utilización de métodos que provoquen la muerte; permite a los menores de edad, a partir de 16 años, (otra vez la frontera de los 16 años, como en la Ley del Aborto…), decidir cómo quieren que sean sus cuidados al final de sus vidas y prohíbe el derecho a la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios, debiendo éstos respetar la voluntad del enfermo aunque no coincida con su opinión.

Este último asunto es lo que, en mi opinión personal, llama más la atención habida cuenta de que el nuevo Código Deontológico de la Organización Médica Colegial, que sustituye al anterior vigente desde 1.999, viene a limitar la objeción de conciencia por parte del personal sanitario ante el aborto, (obligando a éstos a informar a las madres asesinas en potencia sobre los “derechos” que el Estado otorga en esta materia) y ante la adopción de medidas destinadas a conseguir el bienestar del paciente terminal “aunque de ello pudiera derivarse un acortamiento de la vida” (art. 36 del nuevo Código). En estos asuntos y en caso de urgencia, como digo, se prohíbe la objeción de conciencia.

En resumidas cuentas: gracias al nuevo Anteproyecto de Ley y al nuevo Código Deontológico Médico, una embarazada dubitativa ante la posibilidad de provocarse un aborto puede verse convencida para matar a su propio hijo ante las explicaciones del ginecólogo de turno. De igual manera, un médico que no acepte moralmente la provocación de la muerte a un paciente puede verse obligado a acortar la vida del mismo porque el enfermo así lo quiera. Esto se llama en castellano antiguo “mandar al Juramento Hipocrático a hacer puñetas…”.

Ante esto, la Conferencia Episcopal Española se ha posicionado de una manera clara e indubitada. Ha calificado el Anteproyecto de Ley como una normativa injusta porque va contra un derecho fundamental como es el derecho a la vida, por lo que “no es necesario su cumplimiento”, especificando claramente que “las leyes no son justas por el mero hecho de haber sido aprobadas por las correspondientes mayorías, sino por la adecuación a la dignidad de la persona humana”. En este caso, no es que la Ley regule expresamente la eutanasia. La cuestión radica en que es “lo suficientemente ambigua e imprecisa como para abrir la puertas a la misma, estableciendo una autonomía de la persona como prácticamente absoluta y dando una cobertura legal a posibles conductas eutanásicas, como por ejemplo la sedación inadecuada, el abandono terapéutico ó la omisión de los cuidados debidos, además de la conculcación del derecho a la libertad religiosa de los profesionales sanitarios al quedar prácticamente reducidos a ejecutores de la voluntad de los pacientes”.

Mi experiencia puede hablar de ambos casos. Hace siete meses recibí el consejo de un médico de practicar una amniocentesis a mi mujer, con los elevadísimos riesgos que ello conlleva de sufrir un aborto natural, ante la posibilidad de que mi hija naciera con Síndrome de Down. La finalidad era clara: darme la facilidad de quitarme de en medio a la niña antes de nacer si el resultado de la prueba fuese positivo. La negativa fue rotunda y, gracias a Dios, la niña ha nacido completamente sana. Por otra parte, hace cuatro años vi morir a un ejemplo de carlistas invadido por una terrible enfermedad terminal con el absoluto consuelo de su fe en Dios, acompañado por su familia directa y reconfortado por la asistencia de un sacerdote. En ambos casos el devenir y el resultado de los acontecimientos fue como Dios quiso y lo que Dios quiso.

La vida nos la da y nos la quita Dios cuando estima conveniente. Nosotros no somos sino meros depositarios de ella y no existe el derecho de disponer de ella porque no es una propiedad absoluta. Nadie dispone ni puede arrogarse el derecho a decidir sobre la vida de la persona. Esas monstruosidades ya las hicieron todos los tiranos de la Historia. Desde Nerón a Hitler, pasando por Calígula ó Stalin, todos disponían de las vidas de sus semejantes con sólo señalar hacia arriba ó hacia abajo con su dedo pulgar. Hoy todos los gobiernos “democráticos” condenan esas actitudes tiránicas pero operan de igual manera que ellos amparándose en una inexistente “legitimidad democrática” avalada por la incultura social de una mayoría borrega y cerril. Hoy se regula sobre la vida y la muerte con la misma facilidad y desvergüenza que si se regulase sobre los estatutos de una comunidad de vecinos. Podrán hacer legales las mayores aberraciones imaginables pero lo que no podrán hacer es convencernos de la moralidad de sus leyes cuando están concebidas por mentes inmorales. Ya se llamen Montesquieu ó Pajin.

                                                     

Manuel Nieto de Nevares.

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